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  • Alejandro Deustua

Venezuela y la OEA: Dos Pasos para Adelante y Otro para Atrás

La reciente Asamblea General de la OEA ha movido el piso del gobierno venezolano pero no se lo ha quitado.


Ahora Maduro sabe que el conjunto hemisférico desconoce la legitimidad de su gobierno en tanto el proceso electoral en que pretende hoy sustentarlo careció de los estándares básicos requeridos. Pero también sabe que el sistema interamericano ha relanzado la instancia del diálogo como única alternativa para que otro proceso electoral lo legalice. Ello mantiene a Maduro como interlocutor válido con el aval interamericano.


Como es de todos conocido ese diálogo es recusado por la oposición no porque ésta se haya negado al mismo sino porque su repetido ejercicio fue instrumentado por Maduro para quedarse en el poder. Ese temperamento debó ser tomado en cuenta más allá de que esa oposición no haya logrado la cohesión necesaria.


Al respecto la Asamblea General pudo exigir a Maduro que se limitase a convocar a un proceso electoral limpio en el que él no participase por haber quebrado el orden constitucional como esa Resolución reconoce y por ser ahora imputado ante la Corte Penal Internacional de crímenes de lesa humanidad.


Por lo demás, aún aceptando que la Asamblea General desconoce la legitimidad de la presidencia de Maduro pero no su realidad política, esa agrupación pudo, y aún puede, proponer que el diálogo preparatorio de un nuevo proceso electoral se realice con la intermediación de la OEA y ya no con la de Estados que fracasaron en experiencias anteriores como ocurrió en la República Dominicana.


El segundo remezón con que la Asamblea General sacudió a Maduro fue el recurso a los artículos 20 y 21 de la Carta Democrática que facultan a ese cuerpo colegiado, convocado de manera extraordinaria, a suspender a Venezuela de la organización.


La dimensión política de esta decisión puede medirse tanto por el objetivo que procura como por los votos que la avalaron.


En el primer caso, la eventual suspensión de Venezuela por la mayor instancia del sistema interamericano lleva consigo la recuperación de la vigencia del principio de la democracia representativa como base del Estado de derecho de los miembros de la OEA (art. 2 de la Carta Democrática) y como condición indispensable para la paz y el desarrollo de la región (Preámbulo de la Carta de la OEA). Este principio ha sido cuestionado por varios gobiernos del área (los del ALBA) que conceden mayor jerarquía a la democracia directa o a la democracia delegada y, por tanto, a los abusos autoritarios y de perpetuación en el poder que han cometido al respecto.


La recuperación de la defensa activa de la democracia representativa como principio organizador de los integrantes del sistema interamericano implica en este caso algo bien práctico: la recusación de la dictadura de Maduro.


Quizás en ello estribe la mayor virtud de esta decisión que algunos consideran redundante y de efecto simbólico en tanto el dictador ya había dispuesto el año pasado su retiro de la OEA (su permanencia hasta ahora se debe a la necesidad de cumplir con ciertas obligaciones de la organización).


Pero ahora esa racionalidad debe entenderse de distinta manera: si Venezuela se va por disposición de la Asamblea Extraordinaria correspondiente es porque la obligación colectiva de defender la democracia representativa (o “cláusula democrática”) así lo dispone en tanto ha habido una quiebra hemisféricamente reconocida del orden constitucional en ese país.


En efecto, el aislamiento potencial del régimen venezolano se deberá a la violentación de una norma vital del sistema interamericano y no obedecerá a la simple voluntad del autócrata. En consecuencia aquél deberá ser implementado por todos los Estados miembros minimizando, además, la disposición remanente de los mismos a mantener relaciones políticas con él.


Ello no asegura, está claro, el fin de la dictadura. Sobre este punto la Asamblea General sólo ha dispuesto un proceso que puede llevar o no a la expulsión del dictador. En consecuencia, esa institución bien pudo, y aún puede, promover la aplicación de medidas coercitivas en los ámbitos político y económico establecidas en el Capítulo VII de la Carta de la ONU si es que se reconociera que el régimen venezolano constituye una amenaza para la paz y estabilidad en la región.


Ese reconocimiento surge de la evidencia de que, además de la amenaza antidemocrática, el régimen venezolano plantea al menos un par de amenazas de alto grado: la que genera la alianza totalitaria de Cuba y Venezuela en la región y sus implicancias estratégicas, y la que proviene de la inestabilidad que genera en sus vecinos el desborde migratorio de ciudadanos venezolanos obligados a dejar su país debido a las condiciones de inseguridad y miseria a que los ha sometido la dictadura.


Al respecto se podrá decir que actuar sobre esa base corresponde más bien del Consejo de Seguridad de la ONU. Si fuera así, hasta allí habría que llegar. Pero para evitar vetos eventuales se podría recurrir a la interpretación del Capítulo VII en el marco del principio de que los organismos regionales deben intentar solucionar sus problemas de seguridad antes de recurrir a ese Consejo.


Sobre el particular hay que decir que la contribución de la Asamblea General a la solución eventual de estos problemas ha sido minimalista. Además de pasar por alto el grave problema alimentario que genera desnutrición y hambruna en la población y la cruel disposición de bloquear la asistencia externa correspondiente, la OEA sólo urge a ese gobierno insensible a atender la grave crisis de salud pública.


Esta disposición es digna de toda crítica porque los gobiernos americanos saben que Maduro no sólo ha demostrado ser incapaz de reaccionar frente a la crisis humanitaria que él ha creado sino que a estas alturas resulta penoso solicitarle autorización para que la asistencia fluya en lugar de exigir o procurar, aunque fuera de alguna manera coercitiva, que ésta llegue a quienes desesperadamente la necesitan.


Finalmente, debe tenerse en cuenta que la Resolución fue votada por 19 votos a favor registrándose sólo 11 abstenciones y 4 votos en contra. Ello brinda esperanzas de que los que no bloquearon la Resolución (con los que se habrá negociado sobre el particular) puedan evolucionar hasta permitir lograr los 24 votos que se requiere para pasar, en Asamblea Extraordinaria, la eventual decisión de suspender a Venezuela del sistema interamericano.


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