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  • Alejandro Deustua

Una Frívola Decisión de la OEA

20 de octubre de 2022



Con celeridad extraordinaria el Consejo Permanente de la OEA ha tomado partido por un presidente sin legitimidad y denunciado constitucionalmente ante el Congreso por la fiscal de la Nación en base a “sospechas fundadas de la comisión de los delitos de organización criminal, tráfico de influencias y colusión” cuyo objetivo serían los de “copar, controlar y direccionar procesos de contrataciones en los diferentes estamentos del Estado para obtener ganancias ilícitas”.


¿Cómo es que ese Consejo, integrado por los representantes de los países miembros ante la OEA en Washington, puede desconocer tamaña acusación, solidarizarse apresuradamente con el investigado e invocar a “todos los actores” a respetar el Estado de Derecho sin haberse dado el tiempo para informarse sobre los actos ilegales de los que Castillo es responsable?.


La respuesta no está en la naturaleza de la Carta que, es un instrumento necesario de resguardo de la democracia en una región proclive al autoritarismo, sino en el ligero proceso decisorio del Consejo Permanente, el espíritu de cuerpo de sus integrantes en causas de fácil adhesión externa como la crisis peruana y en la capacidad sugestiva de unos diplomáticos nacionales que ejercen su profesión en base a la lealtad con el gobernante que delinque y emplean los foros internacionales a costa de las instituciones del Estado que, con gran esfuerzo, pueden todavía cumplir con su deber.


El Congreso, que ha recibido la denuncia constitucional de la fiscalía, ha respondido sin ofender a la organización hemisférica de la que Perú es fundador y aceptado el diálogo con la misión de la OEA que ésta pudiera enviar. Pero no ha admitido los fundamentos en que esa entidad ha basado decisión. Éste es el marco prudente en la interlocución con la OEA que se producirá.


Lamentablemente, el Congreso no ha acertado al dar a entender al Secretario General de la OEA que el proceso institucional democrático no está en riesgo en el Perú cuando, a todas luces sí lo está por los actos de demolición institucional que ha emprendido el Sr. Castillo, el desgobierno generado por él y la corrupción denunciada por la fiscalía de la Nación.


Si el Consejo Permanente de OEA se ha equivocado al aceptar la invocación de la Carta Democrática, el Congreso debe tener en claro que el procesamiento de la denuncia constitucional contra Castillo seguirá su marcha, que éste no constituye un nuevo tipo de golpe de Estado y que la ley peruana y los tratados internacionales (como la Convención de la ONU contra la Corrupción invocada por la fiscal), que ya forman parte de nuestra legislación interna, se deben respetar.


Especialmente si la Carta establece con claridad que el Estado de Derecho es esencial para la democracia (artículos 2 y 3 de la Carta). Como lo son también los requerimientos colectivos de transparencia gubernamental, probidad del gobernante y de responsabilidad en la gestión pública (artículo 4 de la Carta).


Todos ellos han sido vulnerados por Castillo. Y, por tanto, la misión de la OEA debe considerar de manera obligatoria con cargo a la validez de su informe. Especialmente cuando el Consejo Permanente y el Secretario General, debido a su peculiar mecanismo perceptivo, no han respetado la ley peruana ni la reacción de las instituciones sobrevivientes a un gobierno inepto y corrupto.


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