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  • Alejandro Deustua

Un Crimen Atroz y Quizás una Estrategia Corrosiva

El Consejo de Seguridad de la ONU acaba de condenar en los términos más tajantes el derribamiento del avión de Malaysia Airways MH17.


Mediante la Resolución 2166 el Consejo dispuso también la investigación exhaustiva del derribo, emplazó a los grupos armados del área a no interferir en la zona de investigación, reclamó el trato digno de las víctimas, exigió el respeto de las reglas de libre navegación aérea y dio la bienvenida al Grupo de Contacto ucraniano, ruso y de la OSCE.


Como es evidente, si la Resolución ha pasado es porque no ha habido veto ruso. Y, al hacerlo, ha abierto, de manera indirecta, la posibilidad de una negociación ruso-ucraniana para lograr una solución política al conflicto secesionista en cuyo marco se ha producido esta catástrofe aérea. Ello tiene sus costos.


Veamos. En primer lugar, la investigación intentará determinar a los responsables sin aparentar prejuicio. Pero éste es imposible si se tiene en cuenta quiénes controlan el territorio de la tragedia (los grupos separatistas pro-rusos) y el tipo de armamento aparentemente implicado (el sofisticado sistema de misiles tierra aire SU-11 o BUK de la Guerra Fría) de cuya entrega y entrenamiento de operadores se imputa, razonablemente, a Rusia.


Así lo han dejado entender el Presidente Obama y la Jefa de la Misión Norteamericana ante la ONU. Pero autoridades rusas han afirmado que el arma letal pudo ser ucraniana. En este ámbito, al que se agrega un escenario criminal ya “corrompido” por la intervención de las milicias separatistas, la investigación quizás no podrá ser todo lo exhaustiva que debiera ni desligarse completamente de la influencia política.


Sin embargo, estas circunstancias no cancelan el hecho de que nos encontramos frente a un bárbaro acto criminal que debe ser castigado. La atrocidad extraordinaria del crimen cometido así lo reclama al tiempo que lo exigen las leyes de navegación aérea.


Y éstas disponen que en cielos donde la libre navegación aérea no fuera plenamente posible debido a la existencia de un escenario bélico, las reglas de enfrentamiento universalmente compartidas prohíben el derribamiento de un avión no identificado como enemigo salvo en acto de autodefensa (Ignacio Fuentes, Instituto Español de Estudios Estratégicos). En este caso el avión civil de Malaysia Airlines no representaba peligro alguno para los beligerantes y el espacio en el que volaba era considerado una ruta aérea regular.


Pero hay otra razón que supera la disposición legal que los delincuentes han vulnerado en este caso concreto. En efecto, el empleo por civiles o paramilitares de un arma tan sofisticada demuestra la facilidad con que armas convencionales de alta letalidad pueden proliferar. ¿Debe ser este acto condenado por el precedente que sienta? Claramente sí. Especialmente si el blanco, que esta vez fue único, mañana puede ser múltiple amenazando a la aviación civil en general.


Más aún si la fuente de aprovisionamiento y el agente criminal estuvieron enlazados operativamente demostrando que de la adquisición de armas convencionales sofisticadas a la adquisición de armas de destrucción masiva no sofisticadas hay un paso.


Y en lo que se refiere al agente proveedor, éste no sólo entregó el arma al agresor sino que lo entrenó, transportó el arma dentro y fuera de territorio ucraniano y quizás contribuyó físicamente al disparo. ¿Puede este tipo de armas adquirirse en el mercado negro? Quizás. Pero su transporte sólo pudo ocurrir entre territorio ucraniano y ruso.


Ello limita el campo de la incriminación del proveedor que apunta más a Rusia que a Ucrania. Si el primero niega responsabilidad, habrá que determinar cuál es la libertad de acción de los agentes rusos que operan en Ucrania, su filiación y si Rusia tiene pleno control sobre sus tropas y sobre el armamento complejo empleado en las proximidades de su frontera. Suponer que ese control no es pleno implica asumir que Rusia no es la potencia que dice ser. ¿Estará el gobierno ruso de acuerdo con esta conclusión?.


Y si se acepta la hipótesis de que fue armamento ucraniano el causante del derribo se deberá concluir que Ucrania no dice la verdad cuando sostiene que no dispone de ese tipo de armas. Esa afirmación puede no ser difícil de aceptar cuando ese país ensambla desde hace años armamento de origen ruso extremadamente sofisticado.


Sin embargo, si se toma en cuenta que las tropas ucranianas habían tomado ya parte del territorio sublevado (en este caso Lugansk), ¿qué razón habrá tenido el gobierno del Sr. Petroshenko para actuar de manera ferozmente criminal sólo para imputar a Rusia? La respuesta es “casi ninguna”.


De otro lado, está el error de percepción y el error material. En el primer caso, no pudo haber ninguna duda sobre la naturaleza civil del avión de Malaysia Airlines en tanto el radar del arma empleada es capaz de determinar sus características (un avión de pasajeros Boeing 777).


Por lo demás, ese avión volaba sobre cielos abiertos (es decir, sin vulnerar soberanía ucraniana que, además, los rebeldes no pueden reclamar). En consecuencia no se puede argumentar que se ha producido una equivocación al estilo del KAL 007 (el avión de Korean Airlines) cuando fue derribado por aviones soviéticos en 1983 mientras sobrevolaba territorio de ese país.


El caso del error material sí está por determinarse completamente. Según algunas versiones, el avión malayo voló, en algún momento, bajo vigilancia de aviones ucranianos que pudieron ser detectados por el radar del SU-11. Ello, sin embargo, no elimina la responsabilidad de quienes utilizaron esa arma ni de quienes la proveyeron.


La investigación que reclama el Consejo de Seguridad de la ONU es legal y moralmente indispensable. Pero si Rusia es imputada, la posibilidad del acuerdo político entre ucranianos, rusos y rebeldes pro-rusos estará en riesgo. En este caso ¿hacia qué lado se inclinará la justicia internacional representada por la ONU en una investigación en el terreno la que participarán Holanda, Malasia, Alemania, Estados Unidos, el reino Unido, Rusia y la OACI (Reuters)?.


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