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  • Alejandro Deustua

Solidaridad Externa Vs Jurisdicción Interna

31 de agosto de 2022


Aunque la reunión en Lima del Consejo Presidencial Andino (Perú, Bolivia, Colombia y Ecuador) con el propósito de entregar la presidencia pro tempore de esa entidad al Perú pueda haber parecido propia de la normal rotación de ese cargo (un año), su objetivo no ha sido rutinario.


En efecto, luego de que los presidentes de Ecuador y Bolivia (y los de México y Argentina) se solidarizaran con el gobierno del Sr. Castillo hace un par de semanas pretendiendo brindarle legitimidad externa, hoy esos Jefes de Estado (a los que se ha sumado el Presidente de Colombia) han reiterado el gesto evitando, en Lima, una nueva negativa del Congreso a autorizar el viaje del Sr. Castillo a Quito para recibir el mencionado encargo.


Con ello, sin embargo, esos presidentes han reconocido implícitamente que la solidaridad con un gobernante cuya legitimidad interna es seriamente cuestionada por el Ministerio Público y la mayoría ciudadana, tiene sus límites.


Éstos se relacionan con el ejercicio de la capacidad jurisdiccional del Estado peruano para aplicar la ley en un caso en el que la máxima autoridad es sospechosa de haberla vulnerado. Mientras que el ejercicio de esa jurisdicción no arribe a una conclusión, la solidaridad de autoridades foráneas con el mandatario vulnera las atribuciones de ese Estado.


Y si los presidentes foráneos han tomado nota de que la capacidad presidencial de dirigir la política exterior (representar al Estado en el exterior, p.e.) también ha sido mermada por el denegatoria del Congreso a autorizar los viajes al exterior del Sr. Castillo, las autoridades foráneas debieran comportarse en consecuencia. De lo contrario, la dimensión jurídica de los compromisos que pudiera asumir el Sr. Castillo se verá también erosionada.


Ello no implica que la eventual reincorporación a la Comunidad Andina de Chile (que es ya un Estado asociado) o de Venezuela no pueda considerarse o que una declaración política (que no es un tratado) pueda emitirse. Pero las limitaciones de las facultades presidenciales para comprometer internacionalmente al Estado deben ser tenidas en cuenta cuando se expresa solidaridad con él.


Al respecto debe considerarse que en la región andina, tan políticamente inestable, los titulares constitucionales de la política exterior pueden haber cambiado con cuestionable rapidez en el pasado (los casos de Ecuador y Bolivia) pero ninguno de ellos han experimentado la ilegitimidad constante atribuida por sus propias instituciones como hoy ocurre en el Perú.


Esa inestabilidad ha sido un factor contribuyente al mal desempeño del mercado andino y de las instituciones de la CAN, una de las más sofisticadas entre los organismos de integración subregional existentes.


En consecuencia, esa inestabilidad debe ser atenuada o suprimida si el mercado andino va a mejorar. Especialmente cuando, luego de más de medio siglo, éste es el destino de apenas 6.4% del destino de las exportaciones de sus miembros (CAN). Convivir con el problema no es una solución.


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