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  • Alejandro Deustua

Perú-Chile Generar Aún Mayor Confianza Bilateral en la Solución Pacífica de la Controversia Marítima

Además de su dimensión jurídica la sentencia de la Corte Internacional de Justica que resolverá el diferendo sobre delimitación marítima entre Perú y Chile forma parte de un proceso de solución pacífica de controversias que no culminará hasta la ejecución del fallo.


De allí la importancia del esfuerzo diplomático desplegado por ambos países para construir un ambiente apropiado de seguridad jurídica y política que ha sido exitoso a lo largo del proceso. Éste debe continuar luego de que la Corte se pronuncia el 27 de enero a las 3 pm.


Si bien ese esfuerzo ha sido liderado por las máximas autoridades de ambos Estados, éste no habría tenido éxito sin la activa participación de las diversas instancias de las respectivas sociedades. Más allá de la convicción de éstas sobre el fundamento jurídico de su respectivo interés, el hecho es que la participación de los partidos políticos, los gremios empresariales y la pluralidad más representativa de otras agrupaciones y sectores ha implicado una expresión de voluntad que no puede minimizarse.


En ese contexto las sucesivas declaraciones presidenciales y de cancilleres sobre el compromiso político de ambos estados referido al cumplimiento de la sentencia adquieren el valor adicional de una fortalecida legitimidad. Lo mismo ocurre con lo acordado en mayo por los ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa cuando se reanudó la actividad del Comité Permanente de Consulta y Coordinación Política (el “2+2”) en relación al incremento de las medidas de confianza mutua.


Esa decisión política se sustenta, por lo demás, en un fuerte incremento de la interdependencia económica y social entre Perú y Chile.


De esta manera el consenso bilateral logrado sobre el cumplimiento de la sentencia se ha vigorizado. Ello, sin embargo, no ha implicado unanimidad especialmente en Chile. Al respecto, el más notorio exponente de reserva sobre la sentencia ha sido el Sr. Jorge Tarud integrante de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado de Chile.


Al respecto es razonable concluir que el Sr. Tarud representa un sector de opinión que rebasa el ámbito de su partido (el PPD) y se inscribe en el importante sector de ciudadanos chilenos que han expresado una opinión desfavorable al fallo si éste no favorece a Chile. El Sr. Tarud ha aprovechado esa eventualidad para plantear una consulta plebiscitaria si la sentencia es efectivamente desfavorable para ese país.


Por ello resulta necesario que la Presidenta electa Micelle Bachelet reitere su voluntad de cumplir la sentencia. Si la generación de confianza entre las partes implica disminuir la incertidumbre entre ellas, la futura Jefe de Estado chilena bien podría consolidar los compromisos adoptados por su país en el ámbito de una política de Estado. Al respecto el compromiso expresado por el Estado peruano no presenta esos espacios de silencio y aparece suficientemente sólido como para absorber un eventual malestar si la sentencia no es plenamente favorable para el Perú (una eventualidad que ha sido expresada en encuestas).


Si bien la confianza entre dos entidades políticas no implica unanimidad de criterios de las respectivas colectividades, ella sí depende de la certeza sobre la decisión de cumplir con los compromisos jurídicos y políticos en esta materia.


Por lo demás, es verdad que la delimitación marítima peruano-chilena no debe sustituir a la realización de otros intereses nacionales. Pero la dimensión histórica de la materia, el asunto que resuelve y las perspectivas de cooperación que abre (que no eludirá la competencia) tiene un peso dominante en el Pacífico sur suramericano, la integración subregional y la proyección hacia el Asia.


Sin caer en la idealización de la relación bilateral y al margen de los recaudos que deban adoptarse, peruanos y chilenos deben persistir el año entrante en lograr mayores niveles de confianza entre ellos minimizando la incertidumbre remanente. La alta calidad de la solución pacífica de la controversia bilateral les será reconocida por la comunidad internacional.


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