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  • Alejandro Deustua

Hora de Adherir a la CONVEMAR

La inmensa flota pesquera predominantemente china (entre 300 y 400 buques) que recorre las costas del Pacífico y Atlántico sur suramericano en búsqueda de tiburón, pota y otras especies migratorias, ha recurrido a prácticas ilícitas (supresión de iluminación y radares, eventuales incursiones en zonas económicas exclusivas, trasbordos ilícitos –Oceana-). Y también ha evidenciado que el Perú no está cumpliendo con la obligación de adoptar las medidas necesarias para la conservación de los recursos vivos de la alta mar según lo dispone la Convención del Mar.


A pesar de no haber suscrito esa Convención vital para fortalecer nuestra inserción externa, nuestro perfil geopolítico y proteger nuestros recursos el Perú está obligado a cumplir con sus normas. Esa obligación deriva formalmente de la sentencia de la Corte Internacional de Justicia que estableció el límite marítimo con Chile. Ella recogió el dicho de nuestro Agente en el sentido de que la conducta marítima del Perú se rige por las normas de Convemar a pesar de no haberla suscrito.


Como se sabe, el Perú participó en las negociaciones de esa Convención pero no la firmó (apenas suscribió el Acta) presionado por anacrónicas aproximaciones ideológicas a un mar territorial de 200 millas, por temor a la reacción de algunos interesados en mantener privilegios de pesca que no son jurídicamente sostenibles o por indisposición a precisar el concepto de “dominio marítimo”.


Y lo hizo siguiendo la huella del Decreto Supremo 781 de 1947 que estableció la soberanía y jurisdicción nacional sobre los recursos marítimos hasta las 200 millas (además de la plataforma continental). Esa norma se convirtió en política marítima para el Perú, Ecuador y Chile de acuerdo a los términos de protección de los recursos establecidos en la Declaración de Santiago de 1952.


Esa conferencia y sus antecedentes fueron convocados, además de los precedentes establecidos por los Estados Unidos y otros países latinoamericanos, a la luz de la conducta depredadora de flotas balleneras extranjeras en el Pacífico Sur suramericano. Y su puesta en práctica más destacada en la época fue la captura de buques de la flota Onassis en 1954 dentro de aguas jurisdiccionales peruanas (a las que siguieron otras).


Hoy, cuando una flota pesquera de extraordinaria dimensión se estaciona en alta mar frente a Ica, luego de haberlo hecho frente a costas ecuatorianos para capturar pota, uno de los productos de exportación no tradicional peruanos de mayor demanda en mercados asiáticos y hasta europeos, con buques de gran escala arriesgando el stock en el “Mar de Grau”, la reacción oscila entre el silencio de Relaciones Exteriores, las leves respuestas de vigilancia de la DICAPI (una patrullera en el norte y rastreo electrónico y satelital) y el intercambio de información propuesto por la CPPS.


Frente a la evidencia del riesgo pesquero y marítimo emergente, es hora de que el Perú fortalezca sus derechos adhiriéndose a la Convemar superando miedos sectoriales argumentaciones ideológicas inútiles.



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