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  • Alejandro Deustua

Quiebre con Servicio

La ilegal “interpretación fáctica” de la cuestión de confianza ha producido la alteración del orden constitucional en el Perú y muy graves consecuencias políticas. Cualquiera que sea la tipología que se asigne a esa conducta, no reduce la severidad de sus efectos.


Al quebrar la continuidad formalmente democrática del país, el presidente ha debilitado la lenta formación de una cultura nacional en torno a ese principio que debiera ser el fundamento en que se asiente el Estado. En el proceso se ha llevado de encuentro la separación de poderes transformándose el presidente en la encarnación del Estado cuando debiera ser sólo su represente. El Sr. Vizcarra, deliberadamente o no, crea así las condiciones para la concreción de un presidencialismo hegemónico que no corresponde a las condiciones de nuestro orden interno.


Esta grave infracción erosiona adicionalmente el ya debilitado foro de debate nacional en el que debieran dirimirse cuestiones que atañen a la representación ciudadana y al interés nacional. Esa función ha sido trasladada a la calle, a los medios, a las encuestas desmereciendo la muy precaria organización de la sociedad en partidos y favoreciendo a la secreción de entidades imponderables y anárquicas.


Para evitar este escenario, el presidente debió perseverar en el intento de racionalizar la confrontación entre Legislativo y Ejecutivo (y entre el fujimorismo y los demás). Pero optó por una tendencia que se orienta hacia la democracia directa populista en lugar de la representativa que nos atañe sin siquiera contar con un plan de gobierno como él reconoce.


Para tales efectos el presidente ha contado también con miembros en actividad de instituciones principales del Estado como el Servicio Diplomático. Éstos, desde hace muchos años, vienen prestando sus servicios con “eficacia y eficiencia” al gobierno en lugar de representar al Estado como corresponde al cargo juramentado.


La función así distorsionada en los diferentes gabinetes implica tomar partido por el gobierno de turno incluso sobre decisiones por las que la ley del Servicio obliga a renunciar a jefes de Misión (y, de no hacerlo, incurrir en infracción constitucional). Éste es el caso que concierne a un gobierno usurpador.


Al respecto cabe preguntar si entre las “dudas” que pudo haber planteado el Canciller saliente en la evaluación de la decisión presidencial ¿consideró éste la concerniente al quiebre constitucional? En todo caso no renunció y, por tanto, avaló esa decisión.


Este es un problema de larga data cuyo registro contemporáneo más reciente se remonta al primer gobierno de Alan García. Y también es indicador de la arbitrariedad de conducta de funcionarios en actividad que, luego de participar en decisiones cuestionables en distintos gabinetes presidenciales, puede reflejarse en la conducta diplomática interna desde la Academia hasta el gabinete ministerial. Es hora de tomar nota.


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