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  • Alejandro Deustua

El Interés Nacional y la Alianza del Pacífico

Al contexto de crítico deterioro del dinamismo económico latinoamericano (0.9% este año, FMI) y del hundimiento de la perfomance suramericana (-0.2% en el mismo período) se ha sumado una fuerte contracción exportadora regional (0.2% aunque revirtiendo una caída del 2014 de -6% y si se incluye Brasil -7% en términos de valor según la OMC).


En este escenario que implica gran pérdida de competencia e influencia externas suramericana incrementando la brecha con el Asia (5.5% de crecimiento económico y 5% de incremento de exportador este año), la Alianza del Pacífico representa la mejor plataforma regional para capear este temporal (especialmente si se registran avances determinantes en la negociación de la Asociación Transpacífico) además de las ventajas estructurales que le son propias (cohesión liberal y apertura al mundo).


Este contexto estratégico requiere que la cumbre de la Alianza del Pacífico de junio próximo que se realizará en el Cusco pueda llevarse a cabo con un máximo de convergencia entre sus miembros (especialmente si no pocos de los más de 30 países Observadores se harán presentes a un nivel adecuado además de otros interesados en obtener ese status como, eventualmente, Suecia).


Este interés, que por integracionista tiene para el Perú carácter permanente, colisiona con otro de carácter primario: la problemática de seguridad nacional y de soberanía territorial que plantea uno de los miembros de la Alianza. Nos referimos, como es evidente, al irresuelto problema del espionaje chileno y a la confirmación de la ilegal pretensión chilena de hacerse con el “triángulo terrestre” a partir del fallo de La Haya sobre delimitación marítima reiterando una ambición sureña planteada en el pasado cercano.


¿Pueden coexistir ambos intereses calificados por el conflicto territorial y la conveniencia de la integración? En teoría sí (el caso hispano-británico por el Peñón de Gibraltar entre dos miembros de la Unión Europea es ilustrativo al respecto; y también lo es la situación de los países de la ASEAN entre sí donde hay yuxtaposición de reclamos por islas más allá de que el principal desafiante sea China). Pero ciertamente no es deseable si de lo que se trata es de crear bienestar, eliminar la discriminación y añadir bienestar armónico para las respectivas poblaciones mediante compromisos internacionales que requieren confianza.


Si al Perú y Chile desean reiterar en el Cusco la necesidad de avanzar en la Alianza del Pacífico, sus autoridades deben apurar la solución de la problemática de seguridad que es posible saldar (la del espionaje) antes de que venza mayo. Ello es factible si Chile pudiera procurar una aproximación brindándose las partes luego garantías de seguridad en relación a este tipo de actos. Ello depende de los términos de la segunda nota chilena (es decir, si no existe una negación total de los hechos y se trasluce un deseo de recomponer la relación ex ante) y de la lectura adecuada que haga la parte afectada (el Perú) por un acto hostil.


Y en relación a la problemática que no es posible solucionar en el corto plazo se puede proceder en dos direcciones. La primera pasa por la notificación escrita que haga el Perú a Chile reiterando que el “triángulo terrestre” es peruano. Esta acción, tan obvia como necesaria porque, en apariencia no se ha realizado, debe procurar afirmar la soberanía territorial que nos corresponde según el Tratado de 1929 que no puede admitir vulneraciones así como debe evitar el alegato de la aceptación tácita de la situación irregular si el problema se orienta a la cristalización de una controversia que debiera ser resuelta por un fuero externo.


El segundo propósito de esa aclaración se orienta a la necesidad de responder oficialmente al Estado chileno refutando a un Presidente quien, estando en funciones (y también luego de dejar el cargo) sostuvo, en Chile y en el Perú, contra lo que sentenció la Corte Internacional de Justicia, que el límite terrestre entre los dos Estados es el paralelo que pasa por el Hito 1 mientras que la sentencia dice, de manera firme y clara, que el punto de inicio del límite marítimo es el punto donde el paralelo que pasa por el Hito 1 (que está situado tierra adentro) intersecta la línea de baja marea.


Al respecto, el Perú puede tomar nota de la reciente adecuación chilena a la sentencia a la ley de pesca de ese país y recordar a Chile, para evitar desentendimientos futuros, que el párrafo 196 de la sentencia de la Corte merece referencia explícita y no sólo mención genérica como ocurre con la mencionada norma de adecuación (que considera su tarea cumplida refiriéndose al actual texto “sin perjuicio” de la sentencia). Estos es, el Perú debe dejar constancia de que entiende esa adecuación según lo publica la Corte: precisando del punto de inicio y los puntos A, B y C que cortan el paralelo en la milla 80 y trazan a partir de allí la línea de equidistancia tal como aparece en la sentencia.


Si Chile desea mantener un grado de cohesión elemental en la Alianza del Pacífico, su Senado debería poder aceptar esa aclaración a lo practicado hasta ahora sólo por la Cámara de Diputados.


Por lo demás, el Perú debe preparar también una respuesta en relación al desarrollo normativo de la doctrina geopolítica del Mar Presencial. Para hacerlo, sin embargo, debemos determinar primero cuál es nuestra doctrina marítima y si no la tenemos, cuál es nuestra posición.


De momento ésta pasa por reiterar que nuestro comportamiento se adecúa a la Convención del Mar como el Perú lo ha expresado ante la Corte. Como esa posición es frágil en el mediano plazo, lo que resta es adherir a la Convención ya no sólo por convicción sino porque nuestra exclusión está generando serias debilidades en esta materia. Para este desarrollo de interés nacional no es posible seguir argumentando que las condiciones no están dadas. El Congreso nacional debe aceptar su responsabilidad en esta materia.


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