La conclusión de las negociaciones del acuerdo de libre comercio con Estados Unidos está a dos rondas de distancia y a dos meses plazo. Para zanjar las últimas complicaciones en materia agropecuaria y de propiedad intelectual el reporte oficioso anuncia la extensión del proceso a dos “mini rondas” ad hoc en lugar de considerar el tiempo que fuere necesario. Y el ministro de Comercio Exterior, siguiendo la decisión presidencial de suscribir “sí o sí” el TLC, acaba de solicitar un pacto político anticipado para firmar ese documento antes del 31 de julio. Si esa urgencia revela la importancia del acuerdo, también demuestra que la dinámica del proceso ha adquirido quizás más importancia que sus contenidos.
Ello no es necesariamente bueno teniendo en cuenta que dada la calidad del interlocutor, el volumen del comercio compometido y la compleja naturaleza del acuerdo, el Perú suscribirá probablemente el tratado comercial más importante de su historia. En efecto, si el acuerdo redefine el marco para 30% de nuestras exportaciones actuales, confirma el universo de los productos con acceso preferencial a Estados Unidos preestablecido por los programas ATPA y su sucesor ATPDEA (y que hoy es infrautilizado en cerca del 60%), institucionaliza los fundamentos de seguridad de esos programas (referidos a la lucha contra el narcotráfico) y nos vincula estratégicamamente a la única superpotencia, hacia mediados de año estaremos comprometiendo un vínculo de probable mayor relavancia que el establecido por los originales Acuerdo de Cartagena y ALALC (hoy CAN y ALADI) que han definido regimentalmente nuestra inserción regional hasta la fecha.
En consecuencia deberíamos conocer con más precisión qué estamos firmando y cuáles son los beneficios y perjuicios que obtendremos. Sobre lo primero existe mayor información que en cualquier proceso negociador anterior. Pero no hay claridad pública suficiente sobre la magnitud relativa del compromiso. Y sobre lo segundo no puede haber certeza suficiente si ésta proviene apenas de unos pocos estudios académicos de no muy amplia difusión.
Ciertamente el acuerdo de libre comercio con Estados Unidos es más que un acuerdo de libre comercio. La definición de este tipo de acuerdos establecida en el GATT se refiere a la liberación de “sustancialmente” todo el comercio entre las partes. Por “sustancial” se ha entendido un porcentaje significativo (70%, 80%) de los intercambios que no fue precisado y el tipo de comercio referido fue el de bienes. La Ronda Uruguay que creó la OMC no cambió la definición esencialmente pero sí la inclusión de temas “vinculados al comercio”. Al añadido incial de los servicios, siguió el de la inversión, la propiedad intelectual, entre otros. Los denominados “temas de Signapur” confirmaron aún más la ampliación del rango a temas como el de normas laborales y ambientales.
El proceso de ampliación de lo que se entiende como temas vinculados al comercio, fundamentalmente estimulado por los países desarollados, involucró también su normativa. La negociación de mayor apertura de ese ámbito debía darse en el ámbito multilateral correspondiente (la OMC). Pero al trabarse la Ronda Doha (que debiera poder retomarse este año) la apertura suplementaria del comercio global no se produjo. Como tampoco se produjo en el ámbito hemisférico, comprometido incialmente por la Inicativa de las América (1991) y luego por el Programa de Acción de Miami (Cumbre Presidencial de 1994). Las dificultades de este último proceso obligó a recortar el ámbito en el que operaría una zona de libre comercio hemisférica (el ALCA “light”). Los desacuerdos entre Estados Unidos y Brasil empiezan a destrabarse de manera tardía.
Frente a este panorama, que complicó también la convergencia entre la CAN y el MERCOSUR, los países andinos que habían enrumbado su comercio con Estados Unidos a través del ATPA/ATPDEA previeron el riesgo de la naturaleza concesional de ese programa (que por serlo, podía ser cancelado de manera unilateral) y de su plazo de vencimiento (el 2006).
Mucho antes, Estados Unidos, que desde el cambio del sistema internacional a principios de los 90 había fortalecido su disposición de abrir mercados para las exportaciones norteamericanas por cualquier vía (la multilateral, la plurilateral, la bilateral y la unilateral) ya había encontrado en los acuerdos bilaterales una eficiente forma de lograrlo. Salvo por sus principales socios comerciales nacionales (Canadá y México), Estados Unidos ha suscrito varios acuerdos bilaterales de libre comercio con países pequeños del Medio Oriente, Oceanía, Norte y Centroamérica (el primero, con Israel data de 1985). Individualmente –salvo por los países del NAFTA- esos mercados no son grandemente significativos para las exportaciones norteamericanas, pero en su conjunto conjunto dan cuenta de alrededor de 32% de las mismas, según algunos estudios. A ese componente es necesario añadir el de seguridad y el político (una forma de estimular la economía de estados pequeños y de vicularlos a la estabilidad –cosa distinta de la dependencia-que brinda la relación con la primera potencia).
Por lo demás, estos acuerdos forman parte del número creciente de acuerdos de libre comercio bilaterales suscritos desde principios de los años 90. Su volumen está complicando extraordinariamente el carácter excepcional de los mismos y cuestionando, según muchos, los principios no discriminatorios que deben regir el multilateralismo de la OMC.
En lo que concierne a los países andinos -a pesar de la normatividad regional sobre protección de su propia legislación- los últimos acuerdos bilaterales van más allá de lo comprometido hasta ahora en la OMC, consolidan una relación comercial que, por su volumen y valor de mercado, cuestionan la base de la incipiente convergencia suramericana (mal denominada Comunidad Suramericana de Naciones) y no responden al trato preferencial pre OMC. Sobre este último debe recordarse que el GATT compometió principios sustantivos de trato acorde con las posibilidades reales intercambio de los países en desarrollo, mientras que la OMC los ha redefinido –aunque no derogado-en facilidades procesales (más plazos de desgravación para las importaciones, menor plazo de acceso para las exportaciones incluyendo un mayor número de productos de liberación inmediata). Los acuerdos de libre comercio que negocian los andinos incorporan este último tipo de ventajas procesales y no las sustantivas pre OMC.
En consecuencia, a los problemas de una normatividad extensiva de los temas vinculados al comercio (que involucran compromisos de regulación –o desregulación- de mercados que se incorporan a la legislación interna y que, por su complejidad y nivel de aplicación, son muy difíciles de modificar) se añade el tema irresuelto de las asimetrías y de una “nivelación del terreno” que probablemente empareja la superficie pero no su inclinación.
Bajo estas circunstancias la claridad sobre el costo-beneficio del acuerdo es determinante para definir la calidad del mismo. El inventario de potenciales ganancias comerciales, incremento de inversión y generación de empleo debiera ser un instrumento conocido para reducir la incertidumbre del resultado de la negociación. Hasta ahora, sin embargo sólo se conocen versiones de dos o tres estudios en la materia. Ello contrasta con la legitimación del proceso negociador por la cantidad de sectores comprometidos y participantes en el “cuarto de al lado” (y que ahora ya incluye al estamento parlamentario).
De los tres estudios más conocidos sobre la materia dos arrojan resultados positivos y uno ligeramente negativo para el Perú mientras las ganancias para Estados Unidos no son significativas. Según el estudio de Cuadra, Fairlie y Florián (1) un TLC con Estados Unidos incrementaría las exportaciones peruana entre 6.90% y 12%, las importaciones entre 7% y 10.63% y el PBI entre 0.11% y 7.02%. En cambio según el estudio de Bruno Seminario (2) las exportaciones crecerían 0.795%, las importaciones 8.74% y el PBI caería 2.24%. La diferencia entre uno y otro trabajo revela la incertidumbre de los benficios reales de ese acuerdo.
Esa brecha debiera cerrarse antes del término de las negociaciones con estudios complementarios Pero además, debería poder tenerse un grado de certeza sobre la magnitud de inversión extranjera y nacional que producirá el TLC en un contexto de reducción del flujo financiero hacia la subregión andina (y hacia América Latina en general) en persistente beneficio del Asia. Este punto debiera ser fuertemente enfatizado por lo menos políticamente.
Lo mismo debiera ocurrir con la generación de empleo. En este campo la opinión oscila entre una creación mínima de empleo (18 mil puestos según La República citando a Seminario) y 170 mil según versiones verbales de funcionarios públicos. A ello debe agregarse ciertamente la conveniencia de proteger el empleo que depende hoy de las exportaciones a Estados Unidos (que es bastante más del que ser creará).
A la luz de los beneficios que con un alto margen de incertidumbre se conseguirían y de la carencia de indicadores sobre los costos, antes de proceder a la conclusión de las negociaciones se requiere una estimación más clara del MINCETUR y de los gremios –consolidando a ganadores y perdedores- al respecto. Especialmente si el acuerdo tenederá a afectar una economía que, como la peruana, crece más por exportaciones que por inversión ahora en un contexto de desacelaración global. Adicionalmente –y no con menor prioridad- es indispensable explicar mejor los beneficios estratégicos, de status y de seguridad que el acuerdo traería.
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