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  • Alejandro Deustua

Hostilidad Intervencionista Contra el Perú en América Latina

4 de abril de 2023



Los sucesivos y sistemáticos pronunciamientos hostiles de los presidentes de México, Colombia, Bolivia y Honduras contra el Perú han causado el sustancial debilitamiento de la relación diplomática con esos países y producido desorden regional.


De un lado, el cuestionamiento de la legalidad del gobierno en funciones, la militante defensa del golpista Castillo y el desconocimiento de la quiebra constitucional perpetrado por el potencial dictador ha causado el retiro de los embajadores peruanos destacados en esos países.


Y del otro, la Alianza del Pacífico que integran Perú, Chile, Colombia y México se ha paralizado y se ha socavado la legitimidad de la Carta Democrática Interamericana que los gobernantes de los países mencionados han decidido dejar de lado al plantear su excéntrica y mentirosa versión de la sucesión presidencial ocurrida en el Perú.


La situación creada por esos gobiernos (en la que participaron inicialmente también los presidentes de Argentina y Chile) ha obligado al Perú a tomar medidas que generan aislamiento político cuando el contexto internacional reclama mayor cooperación regional. Nunca en dos siglos de historia republicana el Perú se ha visto en la necesidad de defender su soberanía política (como distinta de su soberanía territorial) hasta el punto de que el costo de hacerlo pudiera escalarse al rompimiento de relaciones diplomáticas con un grupo de países del área si la hostilidad y agresión persistiera.


Ese riesgo no sido adecuadamente evaluado por los agresores que parecen haber depreciado la utilidad de la buena relación entre los estados o simplemente no entienden su implicancia. La imprudencia consecuente ha llegado a extremos.


En efecto, durante la última cumbre iberoamericana el presidente colombiano reclamó la presencia de Castillo desmereciendo la legitimidad de la representación peruana en dicha reunión. Y el presidente de México, demostrando extraordinaria ignorancia, ha pretendido retener la presidencia pro témpore del esquema de integración más promisorio del área -la Alianza del Pacífico- porque ese mandatario “cree” que el golpe lo produjo el gobierno constitucional peruano.


La gravedad de tales comportamientos no puede desmerecerse. De un lado, el presidente mexicano no sólo vulnera la tradición no injerencista de la política exterior su país (que ha sido llevada a extremos como en el caso de la defensa del gobierno cubano) sino que arriesga el orden subregional hemisférico en la cuenca del Pacífico latinoamericano. Del otro, el presidente colombiano parece no tener clara las consecuencias de la disminución de la cooperación con Perú en la frontera de ambos países dominada por el narcoterrorismo.


Dada la similitud de posiciones de estos gobernantes no es posible ignorar la posibilidad de que su conducta haya sido coordinada teniendo como marco del Grupo de Puebla al que ambos pertenecen o apoyan.


Como se sabe esa agrupación, establecida en 2019, pretende oponerse a la emergencia de la “derecha” en la región, establecer un “modelo solidario de desarrollo”, “recuperar el papel fundamental del Estado”, revisar las privatizaciones, defender a las dictaduras de Cuba, Nicaragua y Venezuela, establecer una nueva política económica solidaria en el área y apoyar en ella las movilizaciones sociales entre otras pretensiones políticas e ideológicas.


Y en relación al Perú esa agrupación promueve la convocatoria a elecciones generales a la brevedad sin consideración alguna por la realidad local, conformar una plataforma de “todos los sectores excluidos”, establecer una Asamblea Constituyente de peligrosas consecuencias como consta a algún vecino y dar término a la prisión preventiva de Castillo, entre otras aspiraciones.


Si los gobiernos de México, Colombia, Bolivia y Honduras (y los partidarios de Castillo) respaldan estas aspiraciones es claro que no sólo pretenden establecer las condiciones de gobierno en el Perú (o gobernarlo ellos mismos si pudieran hacerlo) sino que la organización que representan desea establecer un bloque regional como en los mejores tiempos de la Guerra Fría.


Sobre esas bases, tal agrupación no sólo desea orientar la participación regional en el proceso de cambio del sistema internacional en marcha sino acompañarlo con la abierta violación de uno de los pilares del orden internacional: el principio de no intervención.


Tal cuestionamiento confronta la tradición latinoamericana que, desde principios de la República, ha defendido la no intervención como principio político y jurídico esencial.


Ese principio, como el de la soberanía que ha transitado desde su concepción absoluta en el siglo XVII hacia términos más relativos, ha seguido el mismo camino evolutivo sin rendición de su condición de principio básico de las relaciones internacionales.


Aunque el origen del principio de no intervención presente dificultades de identificación cronológica, el concepto original suele atribuirse al jurista suizo Emmercih de Vattel (1758). Su ausencia desde la “creación” del sistema westfaliano (1648) fue una invitación a la guerra. De allí su necesidad distensiva y limitante de la conducta arbitraria de los estados. Tal limitación se sustenta en las capacidades ordenadoras del Derecho Internacional aunque la vulneración del principio, a través del conflicto y la coerción unilateral, haya sido tan frecuente como su invocación.


Su importancia como límite al arbitrio injerencista ha sido bien establecida tanto en la Carta de la Liga de las Naciones (1919), en la de las Naciones Unidas (1945) como en la de la OEA (1948 y sus modificaciones).


La Liga restringió el principio de no intervención a la defesa de la integridad territorial y a la independencia política de los estados (art 10); la Carta de la ONU amplió su cobertura a los asuntos “de la jurisdicción interna de los estados” de los estados (art. 2.7); la Asamblea General de la ONU precisó, en 1965 el ámbito de aplicación del principio contra toda forma de coerción sobre la “personalidad del Estado” y sus elementos “políticos, económicos y culturales” (Res. AG 2131 y otras de 1970 y 1981); y la Carta de la OEA no pudo ser más universalista al respecto al añadir la intervención “indirecta” a la “directa”.


Las limitaciones al principio de no intervención provienen, en general, de la necesidad de aplicar el Derecho Internacional Público sin el obstáculo de la soberanía tradicional y de exigir el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por los Estados en el ámbito global.


En el primer caso, el conjunto de los regímenes internacionales de la postguerra que conforman el orden internacional han establecido límites que los Estados deben respetar en todos los ámbitos conocidos (el mantenimiento de la paz -Cap. VII de la Carta de la ONU-, el libre comercio -OMC., el ámbito marítimo -Convención del Mar, OMI-), por ejemplo.


En el segundo, la complejidad de los diferentes ámbitos globales de responsabilidad compartida ha llevado a los Estados a establecer normas que superan el estricto ámbito soberano y de la no intervención rígida (los casos del medio ambiente, las comunicaciones, los sistemas financieros o de los sistemas políticos como el que defiende la Carta Democrática Interamericana).


Entre esas limitaciones al principio, no se encuentran las motivaciones de México, Colombia, Bolivia y Honduras para desconocer al gobierno constitucional del Perú y pretender sustituirlo por un golpista. Esos países forman parte hoy de los transgresores del principio de no intervención tan firmemente arraigado en el sistema internacional.


En la conformación de esa extraña agrupación, los gobernantes de esos países no han recurrido a la agresión armada, ni a la coerción económica, ni a la vulneración de normativas funcionales. En lugar de ello, han preferido la coerción política, procurado el aislamiento del Perú y han arruinando un espacio de integración indispensable para el progreso subregional. Si no revierten su curso hostil, los gobernantes de esos estados deberán responder por ello.


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