Ni la globalización ni las sociedades abiertas han terminado con una actividad hostil tan antigua como las que realizaban las viejas tribus en busca de información de sus semejantes. En el Perú el espionaje es un delito tipificado por el art. 331 del Código Penal que consiste en dar a conocer a terceros (Estado o público) asuntos secretos que conciernen a la defensa nacional. Esta figura es distinta del delito de revelación de secretos nacionales que deben ser guardados en interés de la República (art 330).
En tanto que las investigaciones sobre la responsabilidad de suboficiales de la Marina envueltos eventualmente en este tipo de actividades en beneficio de Chile no han concluido, no queda claro si los que están siendo investigados serían acusados por espionaje o por revelación de secretos nacionales (o si serán absueltos). Lo concreto es que las pruebas indiciarias existen, que las penas son altas y que puede sospecharse que los involucrados son más.
En tanto el “bien tutelado” es la seguridad y la defensa nacionales, la materia no se circunscribe al derecho y se remonta a la más alta política porque el Estado sería el afectado por uno de los vecinos que, en el pasado, se ha comportado de la manera más irregular con el Perú.
Quizás el espionaje que pudiera haber realizado una superpotencia cuya tecnología es invencible para quienes no la poseen pudiera ser más grave en términos de la información accesada.
Pero en términos de sensibilidad y percepciones afectadas, cuyo rumbo se pretende cambiar para bien, es en este caso especialmente grave porque se habría llevado a cabo en pleno proceso de solución de la controversia marítima resuelta por la Corte Internacional de Justicia.
Como atenuante la excusa de que era bien conocido que ese proceso iba a llamar sobre sí este tipo de actividades es inservible.
Frente a él, una simple protesta diplomática no basta si se tiene en cuenta que instituciones chilenas habría incumplido, además, con el entendimiento de que ambos gobiernos procurarían organizar una mejor relación luego de solucionada la controversia mencionada. Por lo demás, ésta ha dejado por herencia la renovada voluntad de usurpación por Chile del territorio peruano que se encuentra entre la Línea de la Concordia y el paralelo que cruza el Hito No.1 hasta intersectar la línea de baja marea.
Si este intento de usurpación muestra que no existe hoy buena fe en la relación de Chile con el Perú, el hecho de que Chile haya, eventualmente, reincidido en actividades de espionaje contra nuestro país captando a suboficiales de la Marina, dice que la confianza entre las partes, a pesar de todos los discursos, sigue siendo una aspiración lejana y que esa potencia sigue mirando al Perú como una amenaza o un rival frente al que las viejas malas prácticas deben reiterarse.
En consecuencia, la acción penal y diplomática que el Perú debiera adoptar debe ser de la mayor intensidad por debajo de un enfrentamiento militar o un rompimiento abierto. Dependiendo de lo que las investigaciones en curso indiquen, ciertamente esa reacción puede llevar al retiro de embajadores en el caso de que se descubra que las actividades de espionaje no quedaron, como de costumbre, al nivel de suboficiales de baja graduación e involucrasen jerarquías más altas.
En esta materia debe llevarse a cabo una sensata investigación institucional teniendo en cuenta que durante el proceso ante la Corte Internacional de Justicia se realizó un esfuerzo especial para mantener la más estricta reserva.
Y en materia de revelación de secretos, esa investigación debe incluir a las actividades que se realizaron bajo la política de las “cuerdas separadas” que abarcó a las relaciones de múltiples actores que operaban en el marco de las sociedades abiertas que son el Perú y Chile.
En ese marco, en el que además, la transparencia debe ser la ley de la vida, pudieron quebrarse las líneas de la prudencia (como ocurre en el espionaje industrial y actividades afines). Es posible que en este campo no quepa la punición, pero el momento es bueno para intentar separar el esfuerzo por la buena relación intersocietal de la vulgaridad promiscua que califica no poca de la relación empresarial.
De regreso al campo del Estado peruano, debe quedar claro, especialmente para Chile, que la soberanía nacional debe ser respetada tanto a la luz de la historia como del mal denominado “triángulo terrestre”. Ello implica el respeto de las instituciones militares peruanas. En consecuencia el Estado debe reaccionar enérgica y prudentemente para castigar y prevenir acciones de este calado en el futuro teniendo en cuenta que los recaudos que se adoptaron entre 1978-1979 y 2009 (si se adoptaron) han sido insuficientes.
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