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Alejandro Deustua

Bolivia: Una Constitución Fragmentadora

El referéndum que aprueba la nueva constitución boliviana conmueve tanto por la vigencia de visiones antagónicas sobre el orden interno en ese país como por la destrucción del Estado cuyos líderes dicen haber refundado. Lejos de haber formalizado un nuevo contrato social que justifique el festejo colectivo, en Bolivia se ha consolidado la fragmentación nacional, se ha instigado la anarquía que precede al autoritarismo y se ha promovido la erosión de los fundamentos de una organización política viable.


Sin embargo, el señor Morales ha preferido el festejo de todas maneras luego de un triunfo que, al no superar siquiera el 60% de la votación, es insuficiente para lograr la inclusión de una numerosa minoría organizada en torno a una diferente visión del mundo y para asegurar la tranquilidad de futuras generaciones. Así, en lugar de lograr la subordinación voluntaria de los intereses regionales y ciudadanos al interés común implícitos en toda carta magna, los bolivianos aún discuten si una eventual conciliación entre ellos debe producirse a través de un pacto o de una coordinación de posiciones y de autoridades. Esta situación controversial resta autoridad al instrumento aprobado y evidencia la inexistencia de condiciones necesarias para establecer los principios y reglas fundamentales que congregue al conjunto ciudadano.


Por lo demás, el proceso de formación de la Constitución aprobada ha estado plagado de irregularidades que restan a ese instrumento la legalidad esencial que debió sustentarlo. En efecto, el proyecto constitucional fue aprobado inicialmente sin presencia de la oposición y luego sometido a una votación inducida bajo condiciones de apremio y violencia. Si pudiera argumentarse que la dudosa legalidad de ese proceso hubiera sido reemplazada por la concurrencia de la gran mayoría de los electores a las urnas, el resultado a favor de la aprobación del texto constitucional ha mostrado que esos manipulados antecedentes no han sido pasados por alto.


Y quizás no podía ser de otra forma en tanto esa norma fundamental no sólo incumple con los requerimientos esenciales para el reconocimiento del Estado por sus propios ciudadanos sino que promueve la diferencia entre ellos. Esto complica la discriminación que proviene de la distribución económica con la que establece un orden racial legalizado.


Por lo demás, si el Estado debe caracterizarse por la existencia de una autoridad reconocida, el ejercicio incuestionable de la jurisdicción, un razonable dominio territorial y la adecuada vinculación con el derecho internacional, la nueva Constitución boliviana no parece satisfacer con claridad estos requerimientos.


Ello genera una multiplicidad de riesgos. Veamos.


Si el poder soberano se sustenta en el pueblo, el gobierno democrático resultante debe poder asegurar una gestión sensata. Pero si la calidad representativa de ese gobierno es erosionada y su mínima condición superada por una peculiar dimensión “participativa” (el recurso al referendum y otras formas de iniciativas como regla antes que como excepción) incluyendo un estamento de muy difícil identificación como el “comunitario”, entonces la gobernabilidad quedará sujeta a restricciones cuyo nudo gordiano podrá atar o desatar la autoridad según su discreción y necesidad. Si ello se presta al desorden en tiempos de normalidad, en tiempos de crisis como los que vivimos, tiende a incrementar los excesos faccionalistas que hace tiempo se han apoderado de Bolivia. He allí la naturaleza de la autoridad que la Constitución boliviana formaliza.


Por lo demás, la naturaleza del Estado en un país cuya institucionalidad es inveteradamente débil ha quedado atada a una verdadera maraña doctrinaria (es “plurinacional, comunitaria, libre, soberano, intercultural, descentralizada y diversa”) y, por tanto, dependiente de tantas interpretaciones de esas características como intereses grupales existan.


A ello se suma la complejidad extrema de la red de autonomías departamentales, regionales, municipales y, especialmente, indígenas que, sin mayor vertebración pueden desatar contiendas jerárquicas de gran riesgo político, administrativo y, por tanto, civil. Sin tradición articuladora (salvo la generada por las reformas del MNR en la década pasada), ésta división administrativa puede llevar a Bolivia a su inviabilidad (es decir, la que hoy define hoy comúnmente al Estado fallido).


Especialmente si ese Estado emerge con un condicionamiento ideológico de generalización tan extrema como cuestionable (el “fin del Estado colonial”) y sectario (la ilegitimación de lo “antineoliberal” es extrapolable al liberalismo y al mundo occidental). Por lo demás, el riesgo de inviabilidad se incrementa si el elemento cohesivo por naturaleza –la Nación o la aspiración a ella- ha sido disuelto en una reconocimiento plurinacional formado por 36 entidades antropológicas, con sendos idiomas oficiales obligatorios (en realidad 72 porque son obligatorios dos idiomas por repartición). El desprecio por el carácter mestizo de la población (que es tanto biológico como cultural) y la proclividad racista de la Constitución “refundadora” no sólo es aquí irracional sino que divide a la ciudadanía entre ciudadanos comunes e indígenas.


En ello, existe una gran distorsión del manejo de la emergencia social generada por la apertura democrática del último cuarto de siglo antes que por el liderazgo del señor Morales. Éste ha confundido la tarea del reconocimiento democrático y económico de la población emergente con la de su conducción hacia destinos excepcionalistas cuya dimensión racista promete más riesgo confrontacional que oportunidad incluyente.


Esa división se incrementará en tanto los pueblos indígenas originarios han adquirido una prioridad absoluta en el ejercicio de los poderes públicos. En efecto, estos pueblos deberán estar preferencialmente representados no sólo en el Poder Legislativo sino en el ejercicio de la función jurisdiccional en la Corte Suprema, el Tribunal Constitucional y otros estamentos.


Tales atribuciones descansan en la consagración de otro exceso jurisdiccional: la equivalencia entre la justicia ordinaria y la que ejercerán los indígenas originarios. Con ello no sólo se minan las bases el Estado de Derecho en Bolivia sino que la igualdad de trato ante la ley desaparece entre consagrados ciudadanos de primer y de segunda.


Si tal característica puede ser cuestionable internamente, tiene también una peligrosa dimensión externa: en tanto el concepto de Nación desaparece reemplazado por el de “pueblo” y el Estado ha sido erosionado, el interés nacional tiende a ser reempalzado por el interés popular. Éste será definido de manera ad hoc y circunstancial sea a través de la autoridad sea a través de la consulta general en diferentes contextos. Ello anuncia inestabilidad política en la proyección externa boliviana e incertidumbre para sus interlocutores.


Especialmente si el sujeto “pueblo” deriva en una diplomacia de carácter transnacional cuyos antecedentes populares o clasistas pueden encontrarse en Lenin. Aunque no se lo hubieran propuesto los constituyentes, la predisposición al conflicto por desborde está latente en el texto aprobado por el referendum.


Ello puede agudizarse en tanto el nuevo sujeto opta no por una economía de mercado sino por otra que se define por una fuerte participación del gobierno (una realidad más evidente que la del Estado) y de otras entidades. Una muestra de la disfuncionalidad de ese tipo de economía proviene menos de las nacionalizaciones de los recursos naturales (cuya propiedad estatal no es inusual) sino del rechazo del gobierno del señor Morales a negociar acuerdos de libre comercio con sus interlocutores sin importar el tipo de beneficio que éstos pueden reportar para su país.


Ello complicará las condiciones de integración boliviana con los vecinos y tenderá a generar desorden en el área.


Si a estas características se añade el fin del consenso sobre la democracia representativa y del libre mercado (con sus múltiples definiciones) como medio de inserción en el área y el mundo, los vecinos de Bolivia harán bien en preocuparse. Especialmente si, la Constitución boliviana forma parte de un esfuerzo mayor por establecer un nuevo orden antiliberal en el área.



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