Parece evidente que el presidente Kuczynski no pudo demostrar adecuadamente su distanciamiento con su empresa Westfield durante su gestión como funcionario público en el gobierno del señor Toledo y que, como accionista (no como gestor) recibió beneficios a los que habría contribuido Odebrecht, la entidad “público”-privada que más perversamente ha atacado al Estado peruano.
El Presidente ha cometido, en apariencia, una infracción constitucional en tanto ejercía el cargo de ministro de Estado cuando los hechos ocurrieron. Esa infracción tiene una sanción que debiera haber derivado de una acusación formal por la Comisión Permanente del Congreso cuyos miembros pudieron actuar en consecuencia sólo hasta cinco años después de que el entonces ministro cesara en el cargo (art. 99 de la Constitución).
Si los hechos ocurrieron en el 2006, la Comisión Permanente del Congreso pudo actuar hasta el 2011. Y no lo hizo.
¿Si ello no ocurrió, puede hoy la mayoría calificada del Congreso invocar la incapacidad moral permanente del Presidente para vacarlo?.
La causal de incapacidad moral permanente es tan seria y, al mismo tiempo, tan precariamente definida (¿distinguir entre el bien y el mal?; ¿diferenciar entre lo público y lo privado?) que debe ser incontestable para poder ser argüida (el caso de Fujimori sometiéndose a soberanía extranjera antes de renunciar, por ejemplo). Especialmente si esa declaración carece de un horizonte temporal.
¿Ha tenido el Presidente Kuczynski una conducta sistemática e ininterrumpida como para ser declarado incapaz moral sine die? No lo parece.
Y ¿acaso su escasa capacidad para explicar su conducta en una circunstancia que superó de largo los cinco años que la misma Constitución reclama para ser imputado con alguna infracción constitucional cometida en el ejercicio del cargo ministerial puede ser definida estrictamente como propósito de engaño sin tener en cuenta el error, la omisión o el descuido en la rendición de cuentas? Ciertamente no de acuerdo a los hechos conocidos.
¿Merece el presidente Kuczynski, en consecuencia, seguir en el cargo si no ha tenido una conducta impoluta en el pasado? Puede que no. Pero como están las cosas ello correspondería hoy más a su fuero interno que a una sentencia draconiana alumbrada por la incertidumbre y el despropósito político.
Sí sé, en cambio, que la mentira atribuida por quienes desean vacarlo este jueves no puede ni debe ser causa suficiente para proceder porque el propósito de engaño no ha sido probado (si pagó impuestos por los beneficios recibidos y luego dijo que no había tenido ninguna relación con la fuente –Odebrecht- estamos frente a una contradicción no frente a un acto doloso mientras la materia no se esclarezca). Al respecto no se puede argüir que se trata de un juicio político desprovisto de toda juridicidad en el que manda la total discrecionalidad de la mayoría parlamentaria.
Es más, el Presidente no puede ser vacado por este motivo incierto si es que el daño que se le causa al Estado es superior al esfuerzo moralizador de esa mayoría que no parece estar legítimamente autorizada a emitir ese veredicto.
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