NOTA INFORMATIVA
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En la edición impresa del diario “La República” del día 10 de marzo último, en la columna “El falso ofidio” (página 6), así como en la edición impresa del diario “El Comercio” del día 14 de marzo de 2010, en el artículo titulado “MEF contrata estudio que defendió a Lucchetti” (página 11 de la sección política), se señala entre otras cosas: “el MEF ha invitado a los abogados Arnold&Porter”, “la presidenta de la comisión de defensa del MEF, Patricia Benavente, rechazó las observaciones a la invitación, insistió en ella y espera que el Perú quede bien representado por esa firma con experiencia, aunque perdedora”, “El Ministerio de Economía y Finanzas ha contratado al estudio de abogados Arnold&Porter”, “los abogados, que ahora han sido contratados por la cartera a cargo de la doctora Mercedes Araoz”, “según se ha revelado, la presidenta de la comisión de defensa del MEF, Patricia Benavente, rechazó las observaciones a la invitación y persistió en su posición de que el Perú quedará bien representado por esa firma en Washington”.
Al respecto, los sectores representados en la Comisión Especial multisectorial creada por Ley N° 28933 (quien representa al estado en las controversias internacionales de inversión), la cual está integrada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ministerio de Justica, PROINVERSION, y el Ministerio de Economía y Finanzas; deben manifestar lo siguiente:
1. Es falso que el Ministerio de Economía y Finanzas a cargo de la Ministra Mercedes Araoz haya contratado al Estudio Arnold&Porter para que defienda al Estado peruano.
2. Tanto la decisión de invitar a estudios jurídicos para que presenten propuestas de servicio de defensa legal al Estado Peruano, como la de seleccionar al estudio jurídico que patrocine al Estado en las controversias internacionales de inversión; son decisiones que conforme a la Ley N° 28933 debe adoptar un órgano colegiado multisectorial y autónomo en el ejercicio de sus funciones, por lo que dichas decisiones no pueden ser adoptadas unilateralmente por el Ministerio de Economía y Finanzas o por la Ministra Araoz. Dichas decisiones corresponden a una Comisión Especial multisectorial que preside el Ministerio de Economía y Finanzas y que está integrada además por los sectores a que se ha hecho referencia.
3. La decisión de invitar al estudio Arnold&Porter, así como a otros cuatro estudios jurídicos de Washington, para que presenten propuestas de servicio de defensa legal al Estado peruano, en el caso del arbitraje solicitado ante CIADI por la empresa Convial Callao S.A. y CCI – Compañía de Concesiones de Infraestructura S.A., fue una decisión adoptada por los miembros de la Comisión Especial (Relaciones Exteriores, PROINVERSION, Ministerio de Justicia y Ministerio de Economía y Finanzas), en base a una lista de estudios jurídicos proporcionada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En el proceso de identificación de estudios, ningún miembro de la Comisión Especial formuló observación alguna respecto al referido estudio.
4. Es falso que la presidenta de la Comisión Especial haya rechazado observaciones respecto al referido estudio y mucho menos insistido en su invitación o menos aún su contratación.
5. Ningún representante de “La República” o “El Comercio” se comunicó en algún momento con algún miembro de la Comisión Especial, con el fin de aclarar cualquier duda o cruzar información, antes de publicar las falsas afirmaciones que han sido publicadas.
6. Con fecha 11 de marzo último la Comisión Especial creada por Ley N° 28933, seleccionó por unanimidad al Estudio White&Case, quien representará al Estado peruano en el caso CONVIAL, pues a criterio de todos los miembros de la comisión, presentó la propuesta técnica y económicamente más conveniente para el Estado.
7. Tanto los sectores representados en la Comisión Especial como el Ministerio de Economía y Finanzas, ratifican su plena disposición a brindar información pública a los medios de comunicación social, respecto de sus decisiones y esfuerzos desplegados con el fin de lograr una oportuna y eficiente defensa del Estado.
Lima, 16 de marzo de 2010 |