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EDITORIAL
Conflicto en el Líbano y cambio estratégico
en el Medio Oriente
Alejandro Deustua
14 de Agosto de 2006
Afirmar que el conflicto del Líbano vuelve a demostrar
la capacidad de organizaciones terroristas para iniciar una guerra
interestatal parece tan redundante como repetir, como lo hace la
Resolución 1701 del Consejo de Seguridad, que ese escenario
amenaza la paz y seguridad internacionales.
Sin embargo, es necesario recordar ese hecho en tanto implica responsabilidad
para la comunidad internacional que permitió que el Hizbollah,
a manera de una Estado dentro de otro, impidiera que el “gobierno”
del Líbano controlara su territorio de acuerdo no sólo
a los principios comunes de la soberanía sino a las disposiciones
de la Resolución 1559 del Consejo.
Como en el caso que propició la guerra de Irak, el incumplimiento
de un mandato de la ONU, la debilidad de esta entidad para implementar
sus propias disposiciones y el complejísimo (e inaceptable)
juego de poder del Medio Oriente contribuyeron a que Hizbollah agrediera
a Israel, que éste respondiera basado una interpretación
amplia del principio de proporcionalidad y que el Líbano
reapareciera como lo que es: un Estado fallido.
De otro lado, la perversa retroalimentación entre el incumplimiento
de mandatos del Consejo y las realidades en el terreno, han resultado
en la creación de nuevas realidades estratégicas y
su imposición a la comunidad internacional en el caso específico
de ese “Estado”.
En efecto, aunque la resolución 1701 acuerda, un mes después
de iniciada la conflagración, un proceso para el cese de
fuego, la interposición de fuerza eficaz y la generación
de condiciones para una solución justa y duradera del conflicto,
contiene también, explícita e implícitamente,
elementos que anuncian lo que puede ser un gran cambio estratégico
en el Medio Oriente.
El primero de ellos se refleja en el hecho de que una campaña
de gran potencial desbastador de infraestructura en el Líbano
no haya logrado erosionar la capacidad ofensiva del Hizbollah. Ello
muestra una nueva y muy preocupante fuente de vulnerabilidad israelí
que contrasta fuertemente con dos antecedentes relevantes: la Guerra
de los 6 días en que Israel pudo derrotar, en poco tiempo,
a Estados vecinos fuertemente armados y la ocupación del
Líbano por Israel hace un cuarto de siglo que, a un gran
costo, logró la expulsión de OLP. Como es manifiesto,
esto no ha ocurrido ahora con la organización chiita.
Esta realidad emergente va acompañada de otra peligrosísima
evidencia: centros urbanos de Israel pueden ser atacados persistente
y masivamente por misiles de baja tecnología sin que la superioridad
del poder convencional israelí pueda eliminar la fuente de
la agresión a pesar de la gran destrucción causada
al adversario. Ello contrasta con la capacidad israelí de
mitigar el impacto de ataques misileros dirigidos anteriormente
por actores no convencionales –la OLP- y convencionales –Irak-.
Estas innovaciones, que reclaman respuestas defensivas israelíes
que no descansen sólo en su capacidad militar (que, sin embargo,
deberá ser reforzada, innovando la calidad del material y
del despliegue militar en la zona) y que se aproximen más
a la exploración de esquemas de seguridad colectiva (las
asociaciones con países de la Unión Europea y Estados
árabes moderados pueden ser parte de ese esquema).
Por lo demás, la más destacable innovación
estratégica ha sido implícitamente reconocida por
la Resolución 1701 a través de un hecho: el no reconocimiento
de Hizbollah como agresor (sólo se reclama que cese su “ataque”),
su indirecta identificación como “agente internacional”
(distinto a las “partes” responsables de no afectar
el cese de fuego y la solución de largo plazo) y su implícito
reconocimiento como agente político interactuante. Es decir,
el Hizbollah puede estar a punto de ser jurídicamente reconocido
como entidad internacional relevante.
Al respecto se dirá que a la OLP eventualmente se le trató
de manera similar. Pero lo novedosos es que al Hizbollah se le haya
dado este trato cuando entidades equivalentes son el objeto de la
preocupación antiterrorista internacional y cuando la primera
potencia se encuentra oficialmente en “estado de guerra”
contra éstas (y los Estados que las cobijan). Al respecto
debe recordarse que el Hizbollah se encuentra en la lista de organizaciones
terroristas de Estado Unidos (aunque ello no ocurre, en apariencia,
en el caso de la Unión Europea). La situación actual
ciertamente puede implicar un cambio de status de esa organización.
A ello se agrega el hecho de que nadie en el Consejo de Seguridad
haya reclamado contra la participación de esa organización
terrorista en el gobierno de un Estado (el Líbano) al que,
sin embargo, se le ha reclamado que proceda a desarmarla para recuperar
su soberanía e integridad territoriales. Esta anomalía
tiene antecedentes que la comunidad internacional a pretendido obviar
(el caso del Hamas electo para formar gobierno en la Autoridad Palestina
es semejante aunque dicha Autoridad no represente aún a un
Estado).
Si el resultado de la convalidación internacional de la
incorporación al sistema político de un gobierno de
una organización terrorista que no depone el uso de las armas
es la inducción de la guerra asimétrica, la comunidad
internacional está en la obligación a reclamar al
respecto. Y esta vez no lo ha hecho con la energía suficiente.
Ello fortalecerá la posición de los que opinan que
esas entidades son a la larga útiles para negociar porque
tienen la fuerza de la que el Estado que representa, o en cuyo gobierno
participa, carece. La resolución 1701 se presta a ese desarrollo
con cuyas consecuencias tendrá que lidiar después.
En relación al status del Líbano, esta Resolución
presenta otra innovación: frente a la realidad de su impotencia
como Estado, el Consejo persiste en reconocerlo como una entidad
en proceso de consolidación soberana cuando en realidad es
un Estado fallido (como en el caso de Irak).
Si la resolución 1559 pretendía el fortalecimiento
de ese Estado mediante el apoyo político y militar a su “esfuerzo”
de control territorial, pasado el conflicto es evidente que ese
“esfuerzo” no sólo fue ineficaz sino inexistente
a la luz del liderazgo político y militar del Hizbollah.
En consecuencia, lo pertinente era reconocer esa realidad indeseable
para la comunidad internacional para ayudar a corregirla, antes
que insistir en la ficción político-jurídica
de la vigencia del “gobierno” existente. Si el Líbano
va a reedificarse, como debe ser, el Hizbollah debe desaparecer
como entidad terrorista o para-militar sostenida transnacionalmente
por vecinos como Siria e Irán (o estar en proceso hacia ello)
como condición para que su gobierno sea reconocido.
Ello requerirá ciertamente de mayor esfuerzo diplomático
y militar que la comunidad internacional no puede eludir en un nuevo
y más riesgoso escenario estratégico.
Y en tanto en él la cuestión palestino-israelí
sigue siendo central, resulta indispensable reemprender todos los
esfuerzos para restablecer el proceso negociador de la misma.
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