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SEGURIDAD |
El Tribunal Constitucional y la integridad del estado
Alejandro Deustua
30 de setimebre de 2005
La sentencia del Tribunal Constitucional que declara la inconstitucionalidad
de las ordenanzas regionales que intentaron legalizar el cultivo
de coca ha restablecido el principio de autoridad en la lucha contra
el narotráfico, restaurado el Estado de Derecho comprometido
en la materia y recuperado legitimidad para el proceso de descentralización.
Luego de la peligrosísima vacilación mostrada por
el Ejecutivo en una materia que compromete la seguridad nacional,
el Tribunal ha recuperado jurídicamente para el Estado la
soberanía interna. Aunque la debilidad política en
el manejo del sector no puede ser ocultada, la potestad de esa autoridad
para establecer la ley y el orden ha sido ratificada como formalmente
incontestable.
Y al hacerlo, el Tribunal no se ha limitado a reivindicar una
jeraquía normativa indispensable para el funcionamiento razonable
del Estado de Derecho sino que ha saneado la inserción externa
del Estado. De estas manera el Perú afirma su voluntad de
cumplimiento de esenciales tratados internacionales (las Convenciones
de 1961 y 1988), su responsabilidad comunitaria y su disposición
a mantener asociaciones de seguridad en el combate de amenzas transnacionales.
Este hecho tiene una trascendencia todavía superior en
el marco de la increíble inconsciencia de funcionarios y
políticos que se mostraron dispuestos a hacerse cargo de
nuestra política exterior sin el mayor sentido de alarma
en la materia y de las desbordada ambición de autoridades
regionales que intentaron asumir competencias que la ley jamás
les transfirió. De haber tenido éxito estas útlimas,
habrían puesto en cuestión la legitimidad del proceso
de descentralización que, siendo indispensable, no puede
progresar a costa de la unidad y la seguridad nacionales.
Pero si el Tribunal merece el reconocimiento de la ciudadanía
por su sabio discenimiento, quizás lo merezca menos por su
intento de modificar políticas orientadas a luchar contra
una amenza trasnacional como el narcotráfico. Hasta donde
se sabe el Tribunal tiene iniciativa legislativa pero carece de
facultades para la gestión pública directa. De allí
que su exhortación a la revisión de estrategias sobre
el combate del narcotráfico, que en efecto son insuficientes,
sea tan improcedente como su recomendación de que la que
la coca y su uso tradicional sean reconocidas como patrimonio nacional
y cultural.
Más aún cuando la coca legal y su uso legítimo
ya tienen adecuado resguardo jurídico interno e internacional.
Y también cuando de procederse a un reconocimiento tan singular
como discriminatorio en relación a otros productos y costumbres
peruanos, se estaría abriendo la puerta a un debilitamiento
de la voluntad nacional sobre el requerimiento de erradicar la totalidad
de la coca ilegal.
El Tribunal no puede patrocinar este despropósito cuando
el país debe orientarse a extraerse por completo del circuito
del narcotráfico sin generar un conflicto civil (la referencia
colombiana) ni promover movimientos políticos que arriesgan
la fragmentación nacional (la referencia de ciertas organizaciones
bolivianas). En lugar de sugerir políticas que ponen el acento
en la aproximación desarrollista al problema (la sustitución
de cultivos y el desarrollo alternativo), el Tribunal debería
coadyuvar al fortalecimiento de las instituciones que realizan esas
labores que compelementan indispensables políticas coactivas
(la erradicación de cultivos y la interdicción). En
ese marco los encargados de nuestra política exterior podrían
reclamar un más eficaz compromiso con la indispensable reducción
de la demanda.
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