RECOMENDAMOS
- Real Instituto Elcano
- LATN
- Portal Estado Peruano

ARCHIVO EDITORIALES

POLITICA
Países
Organismos
Regiones
Situación General
Política Bilateral
Política Multilateral
Política Exterior
Otros temas

ECONOMIA
Inversiones y Comercio
Integración
Desarrollo
Negociaciones Económicas Multilaterales
Situación General
Otros temas

SEGURIDAD
Defensa
Seguridad Colectiva
Amenazas Globales
Situación General
Otros temas
DESARROLLO Y OTROS ASUNTOS
LINKS DE INTERES
Links del Perú
Links Internacionales

 

EDITORIAL

Urgencia y fundamentos de la Convención del Mar

Alejandro Deustua
2 de noviembre de 2005

Una vez que la controversia sobre la delimitación marítima con Chile quedó esatablecida, la necesidad de fortalecer la posición jurídica del Perú se ha hecho evidente. En ese contexto, el Congreso aprobará el jueves la ley de bases del dominio marítimo que permitirá dimensionar las 200 millas sobre las que el Perú ejerce soberanía y jurisdicción. Posteriormente –esperamos que sin solución de continuidad-, se debería aprobar también la adhesión a la Convención del Mar que, entre otras cosas, identifica y regula los mecanismos de delimitación marítima de aplicación universal.

Cuando ello ocurra, el Perú podrá invocar su adhesión al derecho internacional positivo y recurrir a su normativa con mucho mayor solvencia para sustentar una posición que, si es clara en lo sustantivo, tiene aristas del pasado que es necesario limar y resolver. Al hacerlo, el Estado habrá incrementado su seguridad jurídica y perfeccionado su subernía externa en tanto ésta se define por la adecuada vinculación con las normas del derecho internacional público.

Sin embargo, la importancia de la Convención del Mar es ciertamente superior al valor que se le otorga hoy por razones de circunstancias. Como ocurre con frecuencia en sociedades donde el debate perpetuo cuyo resultado -el estancamiento- equivale a la imprevisión, la contienda política en torno a la adherencia del Perú a esta norma fundamental ha ocultado por demasiado tiempo el beneficio público que se deriva de ella.

Este tratado, conocido como la “constitución de los mares”, catalogado en su momento como el más importante desde la creación de Naciones Unidas (Pérez de Cuéllar), al que hoy adhieren 145 países y que regula el 70% del espacio terrestre, permite a un país marítimo como el Perú regular su dominio de manera convergente antes que contenciosa con la comunidad internacional.

Y, si bien ya no procurará para el Perú el rol de liderazo político que el país ejerció hasta hace 32 años en la materia, la adhesión sí configura la adscripción a la forma contemporánea de ejercer el dominio marítimo: el convergente con la soberanía relativa que ratifica que el Perú no aspiró nunca un mar de 200 millas por razones de expansión territorial sino para procurar la mejor protección de los recursos marinos indispensables para la adecuada sobrevivencia de su población (1).

Por lo demás, los beneficios de la Convención derivan del contraste con lo que hemos perdido por no suscribirla a tiempo. Esa omisión le ha costado al país la pérdida de status jurídico (hoy sólo le queda adherirse pasivamente al tratado) y de jerarquía diplomática (la erosión del potencial de liderazgo multilateral), la sustracción de capacidades (en su momento, no pudo conformar plenamente la Autoridad que debía regular los fondos marítimos), inseguridad fronteriza (el Perú no ha podido reclamar la adscripción plena a las normas que regulan la delimitación marítima contenidas en la Convención), precariedad económica (los explotación de nuestro mar ha sido vulnerable y no presenta estabilidad jurídica) y limitación soberana del Estado (que no ha podido exhibir, en este acápite, una adecuada relación con el derecho internacional), entre otros pasivos.

Si en la reversión de esos pasivos se evidencian las ventajas de la adhesión a la Comvención, ésta, además, permitirá al Perú definir con mayor precisión un espacio que hasta ahora se ha denominado ambiguamente “dominio marítmo” perimitiendo la identificación más precisa de la plataforma marítima (el suelo y el subsuelo), el mar territorial propiamente dicho (12 millas), la zona contigua (hasta 24 millas en donde se pueden establecer sanciones de acuerdo a la ley nacional aduanera o fiscal) y la zona económica exclusiva (188 millas desde las 12 millas territoriales en la que se ejerce soberanía y jurisdicción sobre los recursos, lo que permite proteger, por ejemplo, a las especies migrantes e inhibir la acción depredadora de las grandes flotas pesqueras, además de regular construcciones como las plataformas petroleras).

Y también definirá mejor nuestra relación con la alta mar (en que las libertades consideradas -pesca, navegación, sobrevuelo, tendido de cables, etc, debe realizarse respetando la Convención) y con el suelo y subsuelo marítimo de "la Zona" (que, siendo patrimonio de la humanidad, debe explotarse pacíficamente en beneficio común respetando los derechos de los estados ribereños cuando queden comprometidos sus recursos).

Finalmente, como consecuencia de la adhesión a la Convención el Perú adquirirá el reconocimiento jurídico de su cabal naturaleza geopolítica. En efecto, desde 1947, cuando el Perú reclamó soberanía y jurisdicción sobre las 200 millas, lo hizo sobre la base de su condición marítima y continental que requería un adecuado desarrollo poblacional antes que una simple extensión del límite territorial que implica sólo extrapolación militar. Transcurridos 68 años de esa iniciativa, ya es hora de consolidar y definir ese asunto pendiente de nuestra condición espacial y nuestra vinculación con el derecho internacional.

(1) El mar y el derecho, Alejandro Deustua 2004

DERECHOS RESERVADOS

El Editor (ADC)

.:. subir
 


MARCO DE LA POLITICA EXTERIOR

ARCHIVO DOCUMENTOS 2007 - 2006 - 2005 - 2004 - 2003

Acuerdo Nacional Política Sexta

DISCURSOS

Intervención del Vicecanciller Gonzalo Gutiérrez en la XII Conferencia de la UNCTAD
Ghana, 23 de de abril de 2008

COMUNICADOS Y DECLARACIONES

Perú-Brasil: visita oficial del Presidente Luis Inacio Lula da Silva Comunicado Conjunto 17 de mayo de 2008

V Cumbre ALC-UE Declaración de Lima 16 de mayo de 2008

ARTICULOS

NOTAS DE PRENSA

Primer Ministro participa en reunión de la OCDE sobre promoción de inversiones 28 de marzo de 2008

Visita del Viceministro de Relaciones Exteriores de Polonia 31 de marzo de 2008

Visita oficial del Canciller de España. Miguel Àngel Moratinos 24 de abril de 2008

Perú saludo 60 aniversario de la OEA 30 de abril de 2008

II Cumbre Empresarial ALC-UE 14 de mayo de 2008

Perú-Ecuador: desminado fronterizo 20 de mayo de 2008

    CONTEXTO.org® 2003 - Derechos reservados    
Host & Design: