| PASO A PASO
Aunque no todo avance es necesariamente bueno si no es comandado
por criterios de elemental prudencia, el gobierno ha avanzado sustantivamente
en el tratamiento de la controversia jurídica sobre delimitación
marítima con Chile. Al renovar el planteamiento de negociaciones
sobre el particular y sugiriendo un plazo para el inicio de ese
proceso (60 días), el Ejecutivo ha planteado implícitamente
su disposición a pasar a instancias superiores para la solución
del caso. A través de declaraciones de prensa el Canciller
ha confirmado ese temperamento indicando que el Perú recurriría
a tribunales internacionales a estos efectos. El interrogante que
surge al respecto es ¿estamos adecuadamente preparados para
ello?
Desde que en 1980, durante la 3ª Conferencia de Derecho del
Mar, el delegado peruano, el Embajador Arias Schreiber planteó
que, frente a la ausencia de un tratado específico delimitatorio,
el tema debía ser resuelto con criterios de equidistancia
y equidad, la controversia empezó a configurarse. Y en 1986,
la solicitud de negociaciones bilaterales para solucionar el diferendo
fue planteado por primera vez a a Chile sin que la contraparte expresara
buena disposición al respecto. El año 2000 el tema
volvió a plantearse con similares resultados hasta que en
el 2003, autoridades de Cancilleria se refirieron verbalmente a
la controversia como el reconocimiento por el Perú de que
el problema delimitatorio estaba en agenda, mientras que para Chile
el tema no lo estaba. Previamente el presidente Lagos pareció
mostrar cierta apertura a dialogar sobre el tema, pero su Cancillería
denegó esa posibilidad. Finalmente , en marzo del 2004 mediante
comunicado oficial,el gobierno calificó por primera vez la
controversia como tal.
Como se ve, el proceso de identificación y fijación
de la controversia ha implicado un horizonte de largo plazo. En
ese ámbito era esperable una etapa subsiguiente de diálogo
diplomático que, liberado del clima beligerante que impone
a las partes la estridencia con que se manifiesta la reivindicación
marítima boliviana, desembocara en negociaciones efectivas
en torno al reclamo peruano. Para ello se requeriría que
el sentido común convenciera a Chile de que no es razonable
que un país marítimo como el Perú no disponga
de un domino efectivo de 200 millas a lo largo de toda su costa
(que en la Línea de la Concordia es 0) y que la frontera
marítima no podía haber sido definitivamente delimitada
por declaraciones políticas (como la de 1947 y de 1952 que
innovaron el espacio marino con la expansión discrecional
hasta las 200 millas) ni por acuerdos suscritos que se refieren
a la línea del paralelo como un límite funcional (para
evitar la yuxtaposición de territorios en el momento de la
expansión o para brindar seguridad a los pescadores de la
zona) o que fueron motivados para salvar, en nuestra frontera norte,
obstáculo geográficos que no existen en nuestra frontera
sur.
Un proceso de persuasión de duración razonable por
canales institucionales bilaterales podía esperarse a luz
de los mecanismos que Perú y Chile han montado para tratar
su problemática política y de seguridad. Más
aún cuando, en el frente externo, la dimensión del
reclamo marítimo boliviano predispone a la contraparte a
negarse al trato de probemáticas similares y hace parecer
el reclamo peruano como vinculado a la presión ejercida por
nuestro vecino altiplánico. Mientras que, en el frente interno,
el críticamente bajo nivel de apoyo al gobierno, la inhibición
de la oposición a aprobar la adhesión a la Convención
del Mar (que contiene procedemientos universalmente reconocidos
para casos de delimitación) por temor o cálculo y
el insuficente potencial militar disponible, no brindan ahora suficiente
sustento al camino elegido para satisfacer el requerimiento nacional.
No obstante ello, el gobierno ha decidido avanzar hacia instancias
jurisdiccionales sin anunciar el fracaso o la imposibilidad de llevar
a cabo los procedimientos de solución pacífica de
controversias contemplados en el artículos 33 de la Carta
de la ONU (conciliación, mediación, arbitraje, etc)
situación que habría demostrado la intrasigencia chilena.
Y para ello ha dejado saber que recurriría a la Corte Internacional
de La Haya sin contar con el ámbito universalmente legitimador
de la Convención del Mar y recurriendo instancias como el
Pacto de Bogotá que permitiría arraigar a Chile en
aquel tribunal.
Para defender adecuadamente un interés nacional nacional
primario es necesario fortalecer la posición propia, minimizar
el riesgo y optimizar las posibilidades de éxito. No estamos
seguros que éste sea el caso hoy. Por ello invocamos la continuidad
del proceso diplomático hasta que éste tenga éxito
o se pruebe realmente ineficaz.
El Editor (ADC) |